miércoles, 6 de julio de 2011

No hay peor ciego que el que no quiere ver

Así reza el conocido refrán castellano. Y qué gran verdad es en el caso de nuestro Ilustre Colegio de Abogados y de todos los compañeros que ejercemos en Cantabria en lo que se refiere a la gestión y retribución del turno de oficio. Cuando nos juntamos dos o más compañeros todos coincidimos en el diagnóstico: los baremos son ridículos y la gestión del pago horrenda... pero aquí nadie mueve un dedo por tratar de arreglar la situación.

Contemplamos lo que sucede en otras Comunidades Autónomas (protestas, manifestaciones, suspensiones del turno de oficio) y como si nada. No queremos ver. La tradicional hidalguía cántabra que tan bien retrató Quevedo en "El Buscón" llevada a su máxima expresión. No cobraremos o cobraremos mal, seremos "pobres"... sí, pero que no nos lo noten. Antes muertos que sencillos... Si hay que llevar el turno de oficio gratis, pues se lleva. Cualquier cosa antes que alzar la voz para protestar y que los demás piensen que es que lo necesito para comer... (Entiéndaseme bien lo anteriormente dicho, siempre en clave retórica y con ánimo de provocar la reflexión). De todas formas, seguramente habrá algún compañero o compañera -más de los que creemos- que, desgraciadamente, SÍ QUE NECESITE cobrar con mayor puntualidad dicho trabajo por constituir el turno de oficio una fuente importante de sus ingresos. Y como colectivo no estamos haciendo nada para mejorar la situación...

Los datos fríos y exactos son los siguientes: 1) El Gobierno de Cantabria tiene presupuestada una cantidad anual para cubrir el Turno de Oficio (1.400.000 euros) que no cubre el trabajo realmente ejecutado y justificado por los abogados cántabros; y 2) Los baremos para indemnización del turno de oficio vigentes en Cantabria son los peores de todas las Comunidades Autónomas con competencias en Justicia transferidas. Sólo nos "supera" en racananería el baremo del territorio del Ministerio de Justicia. Así se desprende de la tabla comparativa que ponemos a vuestra disposición confeccionada por nuestro compañero de Barcelona Guillem Gómez Jené, Tesorero elegido en Córdoba de la CEAT (Confederación Española de Abogados del Turno de Oficio), al que hemos de dar las gracias por la auténtica labor de chinos que ha realizado.

Varios botones de muestra referentes a los procedimientos que más habitualmente llevamos en el turno de oficio:

JURISDICCIÓN PENAL

Procedimiento Abreviado: en Cantabria 220 €, mientras que en Navarra 231 €, en Asturias 242,37 €, en Valencia 250 €, en Andalucía 280 €, en Canarias 281,97 €, en Madrid 300,51 €, en Galicia 338,55 €, en el PaisVasco 350 € y en Cataluña 462,01 €.

Juicio Rápido básico sin asistencia a persona detenida: en Cantabria 242 €, mientras que en Canarias 270,23 €, en Navarra 295 €, en Madrid 330,56 €, en el País Vasco 350 €, en Galicia 350,23 € y en Cataluña 462,01 €.

Juicio de Faltas: en Cantabria 77 €, mientras que en Andalucía 95 €, en Asturias 105 €, en Madrid 120,20 €, en Navarra 132 €, en Cataluña 149,41 €, en Galicia 151,76 € y en el Pais Vasco 171,62 €.

Asistencia al detenido: en Cantabria 66,10 €, mientras que en Cataluña 77,35 €, en Navarra 81 €, en Asturias 82,12 €, en Valencia 90 €, en Madrid 90,15 €, en Canarias 99,28, en Galicia 102,73 €, en el Pais Vasco 143 €.

JURISDICCIÓN CIVIL

Procedimiento Ordinario: en Cantabria 264 €, mientras que en Asturias 290 €, en Andalucía 295 €, en Madrid 300,51 €, en Canarias 328,98 €, en Navarra 362 €, en el Pais Vasco 370 € y en Cataluña 435,53 €.

Juicio Verbal: en Cantabria 165 €, mientras que en Asturias y Andalucía 200 €, en Navarra 231 €, en Galicia 233,49 €, en Canarias 236,16 €, en Madrid 240,40 €, en el País Vasco 346,54 € y en Cataluña 367,71 €.

Matrimonial Contencioso: en Cantabria 220 €, mientras que en Asturias 300 €, en Andalucía 331 €, en Galicia 350,23, en Madrid 360,61, en Navarra 362 €, en Canarias 417,10, en Cataluña 435,53 € y en el Pais Vasco 686,47 €.

A la vista de estos datos, que cada uno juzgue si no estamos haciendo un poco el primo... El que tenga oidos que oiga y el que tenga ojos que vea si quiere ver... Creo que ya tenemos algún asuntillo que tratar con la nueva Consejera de Presidencia y Justicia ¿no?

3 comentarios:

  1. Pues sí, somos los segundos parias de este Reino de Taifas, llamado España, que a su vez pertenece a otro Califato de Taifas, llamado Europa, en el que de Gran Califa, ejercen las Agencias de Calificación, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, etc..., bajo la atenta mirada de la Reserva Federal USA y su moneda el "$".

    Pues bien Doña Leticzia (¿con "c" con "z"?, tachesé lo que no proceda) la nueva Consejera de Justicia de Cantabria, que además pretende simultanear el cargo con el de Senadora -(que apego a la acumulación de cargos tiene éstos nuevos...), que se ponga las pilas porque le vamos a dar la murga con este tema, y con la Sanidad Pública, y con..., un mes sí y otro también.

    Que vd. lo sepa Sra. Consejera Doña Leticzia, los Abogados de Cantabria queremos ser tan españoles, como los Abogados del Pais Vasco en cuanto a Baremos del Turno de Oficio, y como los Extremeños en cuanto al acceso a la Sanidad Pública, y lo queremos ¡¡¡YA!!!, a lo mas tardar antes de que termine el año (-que pa eso es Senadora y puede presentar proposiciones de Ley, o mejor aún apoyar la presentada por IU en este sentido (en justa reciprocidad a lo de Extremadura), puesto que si nos es así le garantizo, le garantizamos, desde nuestra modesta Agrupación de Abogados "ABINCA", muchos dolores de cabeza y sudores fríos, en esta su legislatura.

    ¡¡¡AH!!! y al Ilustre Colegio de Abogados de Cantabria, también se lo garantizamos si no se ponen las pilas ya mismo, también.

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  2. Estoy con vosotros pues no hay nada más legitimo que procurar por la dignidad del ejercicio de la abogacia.

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  3. Cierto todo lo que se dice del Turno de Oficio, pero aún hay algo peor, que está ocurriendo muy frecuente, se comenta entre compañeros, pero no va mas allá.
    Me estoy refiriendo a aquellos asuntos en los que se deniega la justicia gratuita, bien por falta de papeles, o por superar la unidad familiar el indicador de referencia. En estos casos, ni se cobra de la Consejería ni tampoco del cliente, pues o está desempleado o su unidad familiar no es el cliente y la jura de cuenta no se puede reclamar nada más que a quien solicitó la justicia gratuita.
    Conclusión, volvemos a trabajar gratis, presumiendo el Gobierno y el Colegio de lo bien que funciona la justicia gratuita, mientras nosotros mantenemos el sistema.
    Saludos de un abogado indignado.

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